Se modifica el Reglamento General de Circulación
Desde el 29 de enero
Se modifica el Reglamento General de Circulación
El concejal de Tráfico y Movilidad, Miguel Ramírez, informa de que las vías convencionales quedarán limitadas a 90 km/h para turismos
Tal y como publicaba el Boletín Oficial del Estado el pasado 29 de diciembre, el Reglamento General de Circulación quedará modificado parcialmente en su artículo 48, afectando a la velocidad máxima de autovías, autopistas y carreteras convencionales, entre otros. El concejal de Tráfico y Movilidad, Miguel Ramírez, informa sobre este cambio en la circulación, que entrará en vigor a partir del día 29 de enero.
De este modo se rebaja la velocidad para los turismos, motocicletas, y vehículos de menos de 3.500 kilos en las carreteras convencionales “que pasan de 100 a 90 kilómetros por hora”. Una reducción de la velocidad “importante” para la zona de Manzanares puesto que afecta a las carreteras que unen la ciudad con Ruidera y La Solana, Moral de Calatrava, Villarrubia de los Ojos, Arenas de San Juan y Alcázar de San Juan. Todas ellas quedarán limitadas a 90 kilómetros por hora, 80 para los camiones, tractocamiones, y vehículos que superen los 3.500 kilos, así como vehículos articulados y automóviles con remolque, que podrán llegar a los 90 kilómetros en autovía. En el caso de autobuses y vehículos derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables, la velocidad también se estipulará en 90 km/h en carretera convencional, y 100 en autovía.
Esta modificación responde a “evitar el aumento de la siniestralidad que ha habido en los últimos tiempos por circular a una velocidad inadecuada”, señala Ramírez, una siniestralidad que también está relacionada con la variedad de vehículos que conviven en las carreteras convencionales, “turismos, furgonetas, camiones, vehículos agrícolas y grupos de ciclistas son habituales en nuestras carreteras”.
Modificación del Código de Circulación
Del mismo modo, el edil manzanareño ha avanzado que la Dirección General de Tráfico también trabaja en la modificación del Código de Circulación, que incluye una bajada de la velocidad dentro de las vías urbanas. De este modo, “las calles con plataforma única tendrán una velocidad limitada de 20 kilómetros por hora, las calles con un sentido único, 30 kilómetros por hora, y aquellas que tengan dos sentidos de circulación o carriles podrán mantener los 50 kilómetros por hora”.
Aunque esta modificación se encuentra en estos momentos en periodo de consulta, se prevé que pueda entrar en vigor antes del próximo verano.